Buen día, estimados amigos, hoy vamos a dar un paso atrás en el tiempo, mas allá del que os tengo acostumbrados, pues disfrutaremos con el conocido como Código de Hammurabi, y para ello que mejor opción que hacerlo empezando por sus orígenes, evidentemente, y trazando su historia, para conocer en profundidad una de las bellezas más impresionantes, legado para toda la Humanidad.
Hammurabi fue un famoso gobernante de Babilonia, cuyo reinado se extendió entre los años 1792 a 1750 a. de C. y es el sexto como tal soberano que fue.
La representación de Hammurabi la podemos encontrar en una cabeza cuyo origen es Susa y en una estatuilla que nos lo representa en actitud orante.
Hammurabi debe su fama a la que fue la confección del antedicho Código.
El ejemplo mas hermoso de todos los que se conservan, en la actualidad, es el que se encuentra en el Museo del Louvre que nos ofrece la versión íntegra de la legislación babilónica.
El código en cuestión contiene 282 artículos que rigen el orden del reino y están grabados sobre priedra, en un total de 3.500 líneas de escritura cuneiforme. En su contenido se regula la agricultura, el comercio, los temas relacionados con el matrimonio y la sucesión, los honorarios que los profesionales debían percibir por sus trabajos y la compra y venta de personas esclavas.
Es significativo que en la cultura del Próximo Oriente antiguo las leyes no son dictadas por los hombres, sino por los dioses, y por lo tanto, tienen un carácter sagrado. Es el dios Samash, el reconocido dios sol, el que hace la entrega de las leyes a Hammurabi.
Con anterioridad a este tipo de norma establecida en Código, quienes tenían a su cargo la redacción y cumplimiento de la justicia eran los sacerdotes del citado dios sol, mas Hammurabi dispuso que fueran los funcionarios que trabajaban en palacio quienes llevaran a cabo tal labor, en una forma mas que afortunada para acrecentar, el propio Hammurabi su control, restándoselo a los sacerdotes, quienes pierden, por tanto, este poder. Es mas, conseguía llegar a unificar criterios, evitando la subjetividad de cada juez.
Tenemos constancia de otras recopilaciones de leyes como las que se encuentran en el Códice de Ur-Nammu, rey de Urca (2050 a.C), el Códice de Eshnunnca (ca. 1930 a.C.) y el Códice de Lipit-Ishtar, de Isín (ca.1870 a. C). Todos ellos también establecieron leyes, que abarcaron distintos aspectos de la vida tanto civil como militar.
En el Código de Hammurabi nos encontramos con un concepto fundamental, pues lo señala como el ejemplo del caracter jurídico de algunas leyes, que son tan fundamentales que ni siquiera un rey tiene la capacidad de cambiarlas. Las leyes, escritas en piedra, eran, por tanto, inmutables. Este concepto pervive en la mayoría de los sistemas jurídicos actuales, o al menos, deberían hacerse cumplir.
El orante de Larsa
Al igual que las distintas estelas del Oriente antiguo, el basalto del Código de Hammurabi está redondeado, mas desigualmente, y en el mismo podemos observar una larga inscripción en escritura cuneiforme, la cual remata una imagen.
Fue encontrado en 1902, en Susa, la que fuera antigua capital de Elam, lugar al que fue trasladado seis siglos mas tarde como trofeo de guerra.
Se trata de un bloque de forma vertical, de diorita, que asemeja a una columna, y en la que aparecen esculpidos los artículos en distintas columnas, esta vez, paralelas.
La parte superior nos muestra al rey Hammurabi junto a Shamash, el dios solar, el cual está representado situado encima de un monte, tal y como nos da a entender las superposiciones que aparecen en sus pies. A su espalda, vemos surgir una especie de llamas en forma de lenguas de fuego, y que destacan sobre sus hombros. Sus vestiduras nos recuerdan al manto babilónico, y porta en una de sus manos el cetro y el círculo, mientras su cabeza aparece coronada por cuatro cuernos.
Frente a él Hammurabi le escucha, en tanto mantiene un brazo levantado y el otro reposa sobre su regazo. En este bellísimo relieve destaca la mirada de sus dos protagonistas. El dios se manifiesta de forma tranquila y relajada, y el monarca escucha, como si quisiera aprehender la esencia de aquél que le habla.
Cabeza de Hammurabi
La importancia de este rey babilonio en la historia de la legislación posterior y con referencia a toda la humanidad es trascendental. Hasta ese momento no se conocía iniciativa alguna de ordenar y recoger, de forma escrita, el sistema jurídico.
La Antigüedad nos habla de algunos legisladores famosos, como Dracón y Solón de Atenas, pero de ninguno de ellos se conserva texto alguno.
Después del Codigo de Hammurabi, la siguiente obra legislativa de la que se tienen referencias está datada en la época del emperador Justiniano (hacia 500 d.C.).
La mas que singular importancia de la obra de Hammurabi lo es por la trascendental razón de recopilar jurisprudencia basada, sin lugar a dudas, en costumbres antiguas. Y su gran mérito reside en el hecho de que los casos que el rey viene a resolver, por medio de sus sentencias, están ordenados sistemáticamente, según el ámbito al que se refieran.
Es por ello que su importancia queda ampliada con la gran cantidad de información, hasta ese momento, inexistente, sobre la Babilonia de hace 4.000 años, lo que convierte al Código de Hammurabi en un documento histórico de primera categoría.
Relieve que representa al rey
Mas pasemos al contenido, en la medida de lo posible, del Código dicho, pues se inicia con un prólogo, marcadamente poético, en el que se alaba al gobierno de Hammurabi, y su llegada al trono, para a continuación citar las ciudades sometidas al mismo, si bien Hammurabi permitió que se mantuvieran en ellas sus costumbres y su religión.
La parte fundamental del Código la constituyen los casos, que están reunidos en 282 apartados, tal y como ya he mencionado.
Es así que, en primer lugar, se formula una pregunta de carácter, bien social, jurídico.. para, a continuación, hacer exposición de la sentencia respectiva. Nos encontramos ante una ley penal, que castiga los que se pueden considerar delitos contra la propiedad y la economía.
De esta forma, se especifican las leyes que se refieren al robo, a la administración de los bienes reales, a cuestiones que guardan expresa relación con la agricultura, al comercio, el capital, y los intereses. También, tiene cabida la regulación del matrimonio, el divorcio, y los hijos, así como la herencia, incluso, la adopción.
Introduce una serie de reglamentos, según las profesiones, para los médicos, veterinarios, arquitectos y constructores, para el personal o personas al servicio de aquéllos como peones agrícolas, los pastores, e incluso la esclavitud. Igualmente, se regula la forma en que deben de restituirse las deudas, amén del trato para con los prisioneros de guerra.
Un hecho destaca sobre todos y es que el asesinato no está especialmente recogido, ni tiene una regulación particular, lo que nos lleva a pensar que la sociedad mantenía una actitud ciertamente pacífica o temía el castigo, al que nunca podría escapar.
El propio rey era el que dictaba sentencia, y tenía especial consideración hacia las clases mas desfavorecidas. Es mas, sus sentencias estaban exentas de la influencia del ámbito religioso, si bien debía rendir cuenta ante una divinidad.
El hecho de que el rey adoptara un lenguaje asequible a todo el pueblo ofrecía la posibilidad de que el pueblo pudiera optar por acudir a la estela, en caso de que existiese litigio.
Entre sus líneas puede leerse este dictado: "Así rezan las justas sentencias que el prudente rey Hammurabi ha dictado para que reinen la disciplina y el orden en sus tierras".
El Código de Hammurabi nos ha transmitido, a lo largo de lo siglos, distintos y variados consejos para el entendimiento de todos aquéllos que formamos parte de una sociedad; evidentemente, con el tiempo, la sociedad en cuestión ha evolucionado, y los hechos y las sentencias que se recogen en el mismo han cambiado, pues son muchos los casos en que se consideran excesivas o crueles, mas, en su esencia, es el mantenimiento de un orden, mediante todo tipo de reglas de necesario cumplimiento, el que constituye la base de la convivencia y y que, ante todo, proteja a los mas débiles.
Así lo entendió Hammurabi, si bien, al día de hoy, no todos lo entienden o no lo quieren entender en el mismo sentido, mas que demostrado está.
BUEN DÍA A TODOS
Blog incorporado al Directorio Hispano de las Artes
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Fuentes: Wikipedia.
Museo del Louvre. H.F.ullmann.
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